AISAB impugnará la Junta General de liquidación de SABFES, S.L.

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Ayer se celebró la Junta General de la empresa de participación 100% municipal SABFES, S.L.,

La Junta General fue convocada desde el punto de vista de AISAB y de nuestros servicios jurídicos, por quien no tiene la capacidad legal para hacerlo en este momento, el Alcalde. Dicha Junta presentaba un único punto en el orden del día, la aprobación de las cuentas y proyecto de división de patrimonio, presentado por el Sr. Liquidador de la empresa.

Un informe que para AISAB arrojaba más sombras que luces, con ampliaciones de capital sin justificar y otra serie de cuestiones de las que nuestro grupo lleva tiempo intentando obtener respuesta. Por otro lado recientemente la prensa ha señalado a la empresa que lleva la liquidación como una de las empresas investigadas en el caso que instruye el juzgado número 12 de Valencia por presuntos delitos de prevaricación, malversación y falsedad documental, lo que nos hace dudar si esta empresa es la mas idónea en este  momento para llevar a cabo la liquidación.

Según hemos podido leer en diferentes medios se cuestiona la no presencia en la Junta General De nuestro portavoz y presidente, hecho que él explica así:

Aunque hubiese acudido a la Junta nada habría cambiado, tal y como ésta estaba planteada, el voto de calidad del Alcalde les hubiese dado la mayoría. El motivo de no presentarme es como a continuación podrán leer, qué dicha convocatoria no se ajusta a derecho, por lo que no me doy por convocado a ninguna junta.

Por lo cual AISAB presentará en el Juzgado de lo Mercantil la correspondiente impugnación sobre la convocatoria, así como la nulidad de los acuerdos dimanados de dicha junta.

No vamos a parar hasta que no este toda la documentación contable de la empresa encima de la mesa. Se ha intentado el acceso a dicha información por todos los medios, incluso a través del liquidador. Ahora lo haremos en el juzgado.

Así mismo y de forma paralela, nuestro servicio jurídico está estudiando las posibles responsabilidades legales y las medidas a tomar contra quienes no hubiesen actuado conforme a  derecho.

pleno del baño

Del Baño no asistió.

En cuanto a lo no asistencia del Sr. Del Baño, que cada uno saque sus propias conclusiones, en su mano estaba que los vecinos conozcamos que pasa con el dinero público que ha estado manejando el FES. Yo personalmente le llamé el día anterior pidiéndole que se impilcará en dar respuetas a los vecinos, entendemos que así lo quiere el grupo que él mismo preside, según un escrito que nos fue entregado el pasado pleno donde se ponía de manifiesto las intenciones de la nueva directiva  y que no eran otras que las de que sus actuaciones irían encaminadas a arrojar luz sobre aquellos asuntos que inquietaban a los vecinos. La petición era muy sencilla, votar que no al punto del orden del día y no liquidar la empresa hasta que la información contable no esté sobre la mesa. Sencillo y transparente, ¿verdad?. Tan sólo impedir que el equipo de gobierno se salga con la suya y que los vecinos conozcamos de qué  manera y cómo se ha gestionado nuestro dinero.

Recibí como respuesta un mensaje a las 9:15 de la mañana, la junta era a las 9:30, diciendo que no acudiría a la misma. Así pues se perdía la opción de, con su voto invalidar dicha junta. Obviamente sólo quedaba la alternativa de impugnar la convocatoria.  Lo dicho, que cada uno saque sus conclusiones, lo que está claro es que no se puede huir 14 meses que nos restan hasta las elecciones.

Este es el escrito que presenté en el ayuntamiento el día antes:

ENRIQUE SANTAFOSTA GINER, en mi condición de miembro de la corporación municipal y de Junta General de la mercantil SAN ANTONIO DE BENAGEBER FORMACIÓN EMPLEO Y SERVICIO, S.L., DIGO:

Que, el día 20 de febrero pasado, he recibido convocatoria a Junta General Extraordinaria S.A.B.F.E.S., S.L., convocatoria realizada por DON EUGENIO CAÑIZARES LÓPEZ como “Presidente en Funciones de la Junta General de la mercantil”, señalándosde al efecto el próximo 25 de febrero a las 9:30 horas.

Que, como consta en dicha “convocatoria”, la sociedad se encuentra en liquidación, habiéndose nombrado un Liquidador, cargo para el que fue designado D. RAFAEL PARRA MATEU.

Que el artículo 166 de la Ley de Sociedades de Capital establece que “La junta general será convocada por los administradores y, en su caso, por los liquidadores de la sociedad”.

Igualmente, el artículo 176 establece que “entre la convocatoria y la fecha prevista para la celebración de la reunión deberá existir un plazo de, al menos, un mes en las sociedades anónimas y quince días en las sociedades de responsabilidad limitada.”

Que, dado que la “convocatoria” ha sido efectuada por quien carece de legitimación para ello, incumpliéndose, además, los plazos previstos legalmente, dicha “Convocatoria a Junta General” es nula, por lo que ninguna Junta podrá celebrarse con base en la misma, siendo igualmente nulo cualquier acuerdo que pudiera aprobarse en caso de que llegue a constituirse la Junta.

Así mismo ruego se de traslado del presente al liquidador de la empresa.

En San Antonio de Benagéber a 24 de febrero de 2014.

 

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